El siguiente análisis se basa en la Película vista en la clase de Contratación Administrativa, con el nombre de “The Lincoln Lawyer”.
Para iniciar, el Derecho está ligado a tres elementos en los cuales se basa para el buen funcionamiento y cumplimiento primordial del fin de esta rama.
Los elementos son:
1. Justicia.
2. Bien Común.
3. Seguridad.
Para este análisis nos enfocamos en el elemento de Justicia, ligándolo con la película.
La palabra justicia se origina de “el término latino iustitĭa y permite denominar a una de las cuatro virtudes cardinales, aquella que inclina a dar a cada uno lo que le corresponde o pertenece. La justicia es aquello que debe hacer según el derecho, la razón y la equidad.” (Definicion.de).
Igualmente, encontramos que desde la parte Jurídica, justicia se entiende como la pena o castigo público; es la petición al Estado como garante de los derechos y seguridad del ciudadano, de que se juzguen y se cumplan ciertas penas derivados de crímenes o actos en contra del respeto y seguridad de la persona.
A partir de este concepto de justicia y haciendo alusión a la película observada; se puede establecer que el termino justicia es esta se encuentra un poco tergiversado, como consecuencia de las mentiras expuestas por el cliente (Louise), el cual para lograr escapar a esa justicia por los crímenes cometidos, llega inclusive a amenazar a su abogado y a matar al investigador, para que su abogado se vea obligado a prestarse a las mentiras y a la defensa de este criminal.
Ante lo cual, como se pudo intuir con lo que se vio de la película, la justicia no se llega a cumplir; incluso, vemos como el señor (Martínez) que fue juzgado por el asesinato de una de las prostitutas que fue atacada por Louise, se encuentra en la cárcel cumpliendo una sentencia de cadena perpetua por un asesinato que no cometió.
Además, se refleja en esta película lo que se conoce como el “Contrato Abogado-Cliente”; este se entiende como el marco en el que van a estar comprendidas las acciones entre las partes, como por ejemplo el pago por el servicio prestado; a partir de este el abogado realiza las actividades que estén comprendidas dentro de este marco.
En este contrato existen variantes, como lo pueden ser cuotas litis o tasas fijas; todo esto dependiendo del proceso que se esté llevando a cabo, del cliente, del servicio, entre otros aspectos.
Equivalentemente, lo que es la naturaleza del proceso y la ética del abogado influyen dentro de este contrato.
En la película, se evidencia como el abogado se da cuenta de que su defendido es culpable por el acto del que se le culpa y que además es culpable de la muerte de otra joven; sin embargo su abogado calla estas confesiones y sigue con la defensa del acusado, este hecho se puede adjudicar al secreto abogado cliente.
En el Código de Deberes de Profesionales, en este caso de Derecho, el artículo 41 nos expresa sobre esto:
“Artículo 41: Constituyen secreto profesional las confidencias que se hagan al abogado o abogada con ocasión de su ejercicio profesional por parte del cliente, del adversario, de los colegas, las que resulten de entrevistas para conciliar o transar y las de terceras personas. Asimismo, estarán bajo secreto profesional el conocimiento obtenido con ocasión del ejercicio profesional de los documentos privados, los documentos que reciba y su contenido. Es prohibido revelar la información obtenida bajo secreto profesional con las excepciones establecidas en el artículo siguiente.” (Código de Deberes de Profesionales, 2004).
Este articulo demuestra como el abogado se ve prohibido a revelar las confesiones que le realice su cliente; esto en el caso de los profesionales costarricenses.
Los Códigos de Ética de los Profesionales varían dependiendo del país.
Como opinión propia, me parece que el abogado comete un gran error al seguir defendiendo a ese joven el cual es el culpable tanto de la agresión de la prostituta como del asesinato de la otra mujer, y por el que además, se encuentra otra persona pagando ese delito con una sentencia de cadena perpetua.
Sin embargo, también hay que tomar en cuenta que hay que estar en dicha posición para saber lo que uno en realidad haría; ya que en este caso el cliente amenaza con hacerle daño a la familia del abogado.